Proceso No 29188
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente
Dr. JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ
Aprobado acta número 105

"Téngase en cuenta, por vía de ejemplo, que no puede ser punible la actuación de quien realiza una copia de los discos compactos adquiridos legalmente para utilizarla en el reproductor de su carro, o quien los copia para almacenarlos en aparatos de uso personal como el MP3, es decir, en medios digitales con gran capacidad de almacenamiento que le permiten al propietario disfrutar durante horas la música de su preferencia.

De igual manera, si en la Internet circulan millones de canciones, no puede concentrarse en el derecho penal la función de perseguir a los usuarios que, aprovechando tal circunstancia, descargan la música que se coloca a su alcance, pues en estos casos como en todos aquellos en los que la persona obra sin ánimo de lucro y sin el propósito de ocasionar perjuicio a la obra o a los intereses económicos del titular de los derechos, resulta imposible afirmar la existencia de una conducta punible, toda vez que no se lesiona o pone efectivamente en peligro el bien jurídico tutelado por la ley.

En consecuencia, si a la actuación no la acompañan los elementos referidos, valga reiterar, el ánimo de lucro y la intención de lesionar el patrimonio ajeno, la conducta será atípica."
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